27 May 2021

Los centros de formación requieren de la norma ISO 9001:2015

Las entidades y centros de formación de titularidad pública o privada que deseen impartir acciones de formación profesional para el empleo respecto de las especialidades formativas incluidas en Fichero Andaluz de Especialidades Formativas de FPE deberán estar acreditadas y/o inscritas en el Registro de Centros y Entidades Colaboradoras en materia de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía.

Acreditación de Centros y Entidades de Formación

Las entidades interesadas en impartir especialidades conducentes a certificados de profesionalidad deberán presentar una solicitud ante la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, y Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en la provincia correspondiente.

En dicha solicitud se podrá presentar hasta un máximo de 20 especialidades formativas, adjuntado una memoria descriptiva por cada una de ellas. Cada especialidad debe ir acompañada de su proyecto formativo (que incluya la certificación en vigor del sistema de gestión de calidad implantado en el centro) y los anexos.

 

  • Anexo III. Planificación Didáctica
  • Anexo IV. Programación Didáctica
  • Anexo V. Planificación de la Evaluación
  • Anexo VI. Modelo de Proyecto Formativo

 

Por otra parte, las entidades que pretendan mantener la acreditación deben presentar proyecto formativo de cada especialidad formativa, antes del 20 de junio de 2021, en la Delegación Territorial de la provincia donde se ubique el centro.

Los Sistemas de gestión de la calidad de la formación válidos son los siguientes:

  • Certificación del Sistema de Gestión de la Calidad. Norma UNE EN ISO 9001
  • Reconocimiento del Nivel de Excelencia Modelo EFQM
  • Certificación en Gestión Avanzada ISO 9004 . Norma UNE EN ISO 9004:2009
  • Certificación Qfor
  • Carta de Servicios o Cartas de Compromisos, siempre que se basen en la norma UNE 93200 y esté referenciado

 

Inscripción de Centros y Entidades de Formación

Las entidades interesadas en impartir especialidades no conducentes a certificados de profesionalidad, deberán presentar una declaración responsable sobre el cumplimiento de los requisitos exigidos conforme a lo dispuesto en Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, ante la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, y Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en la provincia correspondiente. Dicha Declaración deberá ir acompañada de una memoria descriptiva por cada especialidad que se quiera inscribir.

Normativa

Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas.

Orden de 23 de octubre de 2009, por la que se desarrolla el Decreto 335/2009 de 22 de septiembre, por el que se regula la Ordenación de la Formación Profesional para el Empleo en Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas y otros procedimientos.

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