impuestos octubre
25 Sep 2019

Obligaciones fiscales de octubre 2019

Analizamos las obligaciones fiscales del tercer trimestre, con los modelos y tributos pendientes de entregar y declarar.

La Agencia Tributaria se frota las manos en el mes de octubre con la tercera presentación de la declaración del IVA y el IRPF, las retenciones sobre los alquileres utilizados para las actividades profesionales y la declaración de las rentas de capital, así como el segundo pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.

Una selección de las obligaciones fiscales habituales en la que no hemos recogido las situaciones especiales u otro tipo de impuestos energéticos, medioambientales, etc.

Como ya ocurrió en el período anterior, el vencimiento de la entrega de documentación finalizará el próximo lunes 21 de octubre, el primer día hábil tras la fecha establecida como plazo de presentación.

Qué obligaciones fiscales tienen pymes y autónomos en octubre

A continuación, detallamos y explicamos los principales puntos y dudas que nos habéis hecho llegar sobre este período fiscal.

Documentación fiscal a entregar antes del 21 de octubre

  • Modelo 111: declaración de las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales o empresarios.
  • Modelo 115: declaración de retenciones practicadas por el alquiler de una oficina, nave u otro espacio asociado a la actividad laboral.
  • Modelo 130: declaración trimestral del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en el que se liquida el pago fraccionado de este impuesto.
  • Modelo 131: declaración de las retenciones a cuenta de IRPF para aquellos autónomos que se encuentren en régimen de estimación objetiva, también conocido como sistema de módulos.
  • Modelo 303: este documento obligatorio para autónomos y pymes. Se trata del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que soportan las facturas de gastos y repercuten en las de ventas.
  • Modelo 349: declaración para aquellas personas y pymes que realicen operaciones intracomunitarias (la prestación de servicios debe incluirse en el módulo).

Si estás constituido como una sociedad y tu empresa tiene ingresos anuales superiores a 6.010.121,04 euros durante los 12 meses anteriores al periodo impositivo, debes presentar además el Modelo 202, con independencia de que efectúen ingresos en concepto de pago fraccionado.

¿Tienes alguna duda? Consúltanos sin compromiso, estamos a tu disposición para asesorarte en todo lo que necesites para la entrega de documentación fiscal obligatoria.

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