13 Oct 2020

Tarifa plana para autónomos; requisitos y cuantía en 2020

La Seguridad Social ha establecido una modificación en el criterio de la tarifa plana para autónomos, el cual había prevalecido hasta ahora y que la denegaba a los autónomos societarios. Te contamos cuáles son los requisitos actuales y cuál es su cuantía.

Tarifa plana para autónomos, qué es y cuál ha sido su modificación

Tras tres sentencias del Tribunal Supremo, la Seguridad Social ha reconocido el derecho a la bonificación de la tarifa plana a los trabajadores autónomos societarios. La tarifa plana consiste en el abono de una cuota reducida de 60€ al mes durante el primer año, pudiéndose extender durante 24 meses más, en función de ciertos condicionantes. Está regulada en el artículo 31.1 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Esta medida estaba prevista en un principio para aquellos trabajadores por cuenta propia que estaban dados de alta como persona física y que fueran menores de 30 años. Fue introducida en 2013 y ha ayudado a muchos nuevos emprendedores a dar sus primeros pasos. Sin embargo, también ha generado grandes controversias.

Debido a la fuerte reacción entre el colectivo de autónomos, el Gobierno extendió en 2013 su aplicación a todos los nuevos autónomos. Se estima que la tarifa plana puede cambiar con el sistema de cotización por ingresos reales que está por llegar, pero actualmente sigue vigente.

¿Quién puede solicitarla?

Si tienes pensado darte de alta como autónomo y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, puedes solicitarla en la Seguridad Social. También podemos asesorarte y realizar la petición, así como los trámites necesarios. Asimismo, pueden optar a la tarifa las cooperativas de trabajo asociado.

Los requisitos son los siguientes:

  • No haber estado de alta en los dos últimos años como autónomo. O tres en el caso de se haya disfrutado de bonificación anteriormente.
  • No ser autónomo colaborador.

En el caso de pluriactividad, la Ley de Emprendedores introdujo bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos, pudiendo el autónomo escoger entre la tarifa plana y la reducción de la base de cotización por pluriactividad.

Autónomos societarios y tarifa plana

Como adelantábamos, hasta septiembre de este año, la Seguridad Social dejaba fuera del alcance de la tarifa plana a los autónomos societarios. Pero la última sentencia del Tribunal Supremo establece el cambio de criterio, por lo que ser administrador de una sociedad no supone un problema para acceder a la tarifa plana.

Asimismo, los autónomos societarios pueden realizar una solicitud de ingresos indebidos y reclamar estas cotizaciones ingresadas de más a la Tesorería, en el caso de que se dieran de alta en fecha posterior a septiembre de 2016 y cumplieran en ese momento con los requisitos.

Si necesitas resolver cualquier duda sobre los trámites con la Seguridad Social acerca de la tarifa plana para autónomos o cualquier otro tema, no dudes en contactar con nosotros.

dejar un comentario

(*) requeridos

Captcha *