Hacienda
15 Ene 2020

Hacienda: errores y fraudes que le duelen a tu bolsillo

Hacienda clasifica las infracciones tributarias en diferentes niveles de gravedad. Errores y fraudes acometidos por autónomos y empresas, que en numerosas ocasiones se producen por desconocimiento y suponen un gasto extra inesperado.

Acciones de autónomos y pymes que hacen sospechar a Hacienda

Según la Ley General Tributaria, las infracciones se califican en tres grados: leves, graves y muy graves. Cada una está determina según la gravedad de los hechos, y conocer en qué consisten y sus características, hará que no le duela tanto a tu bolsillo, al menos, no por este motivo.

Infracciones leves

Son aquellos errores categorizados como leves, y que suponen una multa de entre 100 y 400 euros.

  • Presentar fuera de plazo las autoliquidaciones o declaraciones, sin que suponga perjuicio económico.

En el caso de que las declaraciones tengan carácter general para cumplir con el suministro de información, la multa varía entre los 300 y 20.000 euros.

  • No comunicar el domicilio fiscal.
  • Incumplir las obligaciones relacionadas con el uso y solicitud del NIF (Número de Identificación Fiscal) o de otros códigos.
  • No comunicar correctamente los datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta, cuando sea obligatorio.

Si no se cumplimenta este requisito, la multa es del 35% sobre la base a de la sanción.

  • No entregar el certificado de retenciones o ingresos a cuenta.

Infracciones graves

Son las acciones consideradas como violación de la ley u obligación.

  • Solicitar de manera indebida la devolución de un impuesto mediante la omisión o publicación de datos falsos, en solicitudes/autoliquidaciones.

La cuantía asciende al 15% de la cantidad solicitada de forma indebida.

  • Solicitar beneficios o incentivos fiscales.
  • La imputación incorrecta o no imputación de bases imponibles, rentas o resultados empresariales.

La multa es del 40% del importe de las cantidades no imputadas. No obstante, si afecta a deducciones, bonificaciones o pagos a cuenta, la multa asciende al 75%.

  • Incumplir con las obligaciones contables y registrales: inexactitudes en los libros de cuentas, el retraso en la llevanza de libros de registro, etc.

La sanción varía entre los 150 y 6.000 euros.

  • Desobedecer en las obligaciones de facturación en los siguientes casos:
  1. Cuando se incumplan los requisitos exigidos por la normativa reguladora de la obligación de facturación.
  2. Cuando se produzca una falta de conservación o expedición de facturas.

Infracciones muy graves

Son aquellas que quebrantan la ley y debes evitar a toda costa.

  • Expedir facturas con datos falsos.

La multa se corresponde con el 75% del importe contemplado en la infracción.

  • Comunicar datos falsos o inciertos a la hora de solicitar el NIF.

La sanción es de 30.000 euros.

  • Comunicar de manera incorrecta los datos al pagador de rentas sometidas a retención o ingreso a cuenta, y que además, no tenga obligación de presentar autoliquidación que incluya este tipo de rentas.

La multa asciende al 150% de la base, que será la diferencia entre la retención procedente y la practicada.

Para cumplir con las obligaciones de Hacienda es necesario estar a día con todas la novedades tributarias. El Fisco no se anda con chiquitas, incluso cuando estos errores y fraudes se comenten de forma inconsciente. Por eso, es importante estar al día con los impuestos y consultarnos cualquier duda que pueda surgirte en tus declaraciones.

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