Todo lo que necesitas saber sobre el aplazamiento del IVA
El año 2020 ha dejado secuelas en la facturación de muchos autónomos y pymes. Pero los gastos fijos se mantienen y la liquidación del modelo 303, sea más o menos alta, llama a la puerta cada trimestre. En ocasiones, esta es difícil de asumir en un único pago por diversas razones. Por ello y porque el 20 de octubre (último día para declarar el tercer trimestre) está a la vuelta de la esquina, en Uning dedicamos estas líneas a dar las claves para el aplazamiento del IVA.
¿En qué consiste exactamente el aplazamiento del IVA?
Cuando solicitas un aplazamiento de deuda con Hacienda, estás solicitando que el pago total de la misma se posponga. Pero esto conlleva un devengo intereses. Es decir, si a octubre de 2021 tienes que pagar un total de 4.000 euros de IVA correspondientes al tercer trimestre, puedes solicitar un aplazamiento de la cuantía. Dicho aplazamiento es, además, fraccionable en un mínimo de una cuota y un máximo de seis o 12, según el caso. Eso sí, los pagos mensuales se recalcularán teniendo en cuenta el tipo de interés vigente del dinero, así como la periodicidad.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitarlo?
Para poder acogerte a esta modalidad de pago del IVA, debes cumplir dos condiciones:
- No superar los 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones –en el año 2020 para este tercer trimestre–.
- Que la deuda aplazada no supere los 30.000 euros (dicha deuda incluye tanto la que se refiere en la solicitud como otras anteriores).
Desde el año 2015, el límite máximo aplazable con Hacienda sin necesidad de garantía es de 30.000 euros. Por encima de esta cantidad, es necesario pedir un aval bancario o certificado de caución o de garantía.
¿Es gratis?
Como ya hemos apuntado, si decides solicitar el aplazamiento del IVA, deberás asumir un pequeño interés que se fija cada año en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Cuándo se solicita el aplazamiento del IVA?
En el mismo momento de presentar la liquidación de este impuesto, independientemente del resultado que debas pagar. En el caso del próximo trimestre, el tercero de 2021, el 20 de octubre.
¿En cuántos plazos puedo pagar mi deuda?
Cuando se trata de deudas inferiores a 30.000 euros, las empresas tienen la posibilidad de pagar en un máximo de seis mensualidades, mientras que los autónomos tendrán hasta 12. En ambos casos, los importes fijados en estos plazos, excluidos los intereses, no deben ser inferiores a 30 euros.
Si aún te quedan dudas para solicitar el aplazamiento del IVA el próximo trimestre, puedes contactar con nosotros sin compromiso.