Novedades sobre el Impuesto de Sociedades 2018
El Impuesto de Sociedades es muy popular entre grandes empresarios y pequeños autónomos. Este tributo personal y directo reglado en la Ley 43/1995 de 27 de diciembre, grava la obtención de la renta de sociedades y demás entidades jurídicas españolas.
Como ya hablamos en «Tus obligaciones mercantiles como empresario: cuida tu contabilidad«, su incumplimiento conlleva sanciones administrativas y tributarias directas.
¿Qué debemos tener en cuenta para presentar el Impuesto de Sociedades 2018?
El Ministerio de Hacienda anunció su intención de aumentar la fiscalidad a los grandes grupos consolidados, es decir, aquellos que facturan más de veinte millones de euros anuales.
Con la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2019, los grupos fiscales y las grandes sociedades españolas tendrán una imposición mínima del 15% de la base imponible (18% para entidades de crédito y del sector hidrocarburos), quedando sin efecto las bonificaciones acumuladas y deducciones que reduzcan el porcentaje, o las asociadas de I+D+i y a la creación de empleo.
Los pequeños autónomos también se verán afectados por el cambio y volverán a deducir por reinversión de beneficios. Por otro lado, también se van a revisar y eliminar las deducciones como plusvalías y dividendos por ventas empresariales.
¿Qué ocurre en otros países de Europa?
En la Unión Europea ya existen países que para mejorar la recaudación del Impuesto de Sociedades han reducido la exención de dividendos y plusvalías de fuentes extranjeras, por lo que tributan el 5% en concepto de gastos no deducibles.
Declaraciones a presentar en el Impuesto de Sociedades
Se trata de la declaración anual del Impuesto de Sociedades, que se presenta entre los días 1 y 25 de julio. Es obligatorio incluso cuando no se ha llevado a cabo ninguna actividad u obtenido rentas sujetas al impuesto.
Si tu resultado fue positivo tras la presentación del Modelo 200, deberás presentar este modelo en los meses de abril, octubre y diciembre.
El Modelo 202 es un «anticipo» del importe a pagar en la próxima declaración del anterior.
Se trata de un formulario del impuesto aplicable a los grupos de sociedades.
El impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)
Un impuesto que sujeta a gravamen los actos jurídicos que se documenten de la siguiente manera: documentos notariales, mercantiles y administrativos. La cantidad depende del importe de la hipoteca y de la Comunidad Autónoma. En el caso de Andalucía, se aplica un gravamen del 1,5%.
¿Tiene la consideración de gasto fiscalmente deducible la deuda tributaria del impuesto de AJD cuando se trate de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria en los que el sujeto pasivo es el prestamista?
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 10 de noviembre de 2018 se añade una nueva letra m) al artículo 15 de la LIS que establece que no tendrá la consideración de gasto fiscalmente deducible la deuda tributaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados, documentos notariales, cuando se trate de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria en los que el sujeto pasivo sea prestamista.
Si tienes alguna duda sobre cómo presentar las declaraciones para el Impuesto de Sociedades, puedes contactar con nosotros para que te asesoremos sin compromiso.