mejor régimen matrimonial para autónomos
02 Feb 2022

Régimen matrimonial para autónomos: cuál te conviene

“Prometo serte fiel y cuidar de ti…” ¿en la riqueza y en la pobreza? No pretendemos hacerte dudar sobre si dar el “sí, quiero”. Pero sí que antes de darlo te plantees cuál es el mejor régimen matrimonial para autónomos. Y para su patrimonio conyugal. Aunque posteriormente también puedes modificarlo.

En el post de hoy te explicaremos qué es el régimen económico matrimonial y qué tipos existen en España: sociedad de gananciales, separación de bienes y, la menos conocida, participación en ganancias.

Régimen económico matrimonial: qué es.

Se trata del modo de gestionar las relaciones económicas, jurídicas y patrimoniales que surgen en un matrimonio. Esto es, las reglas que regulan cómo los cónyuges van a administrar y gestionar sus patrimonios –comunes o privados– y cómo se relacionan con terceros ajenos al matrimonio.

Sociedad de gananciales

En este caso, los beneficios obtenidos por los cónyuges durante el matrimonio son comunes para ambos. No así los bienes obtenidos previamente, que se consideran privativos.

Los bienes privativos de cada cónyuge se recogen en el artículo 1346 del Código Civil:

  1. Los bienes y derechos que le pertenecieran a cada cónyuge antes de comenzar la sociedad.
  2. Los que adquiera después por título gratuito –por ejemplo, una donación o una herencia–.
  3. Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.
  4. Los adquiridos por derecho de retracto perteneciente a uno solo de los cónyuges.
  5. Los bienes y derechos patrimoniales inherentes a la persona y los no transmisibles inter vivos.
  6. El resarcimiento por daños inferidos a la persona de uno de los cónyuges o a sus bienes privativos.
  7. Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor.
  8. Los instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión u oficio, salvo cuando estos sean parte integrante o pertenencias de un establecimiento o explotación de carácter común.
       
    Por su parte, los bienes gananciales pueden consultarte en el artículo del Código Civil inmediatamente posterior, el 1347:
  1. Los obtenidos por el trabajo o la industria de cualquiera de los cónyuges.
  2. Las rentas, frutos o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.
  3. Los adquiridos a título oneroso a costa del caudal común, bien se haga la adquisición para la comunidad, bien para uno de los esposos.
  4. Los adquiridos por derechos de retracto de carácter ganancial, aun cuando lo fueran con fondos privativos, en cuyo caso la sociedad será deudora del cónyuge por el valor satisfecho.
  5. Las empresas y establecimientos fundados durante la vigencia de la sociedad por uno o cualquiera de los cónyuges a expensas de los bienes comunes.

En caso de no poder acreditar a cuál de los cónyuges pertenece un bien o derecho, la titularidad será por mitades, tal y como se recoge en el artículo 1441 del Código Civil.

Así las cosas, en este régimen, los bienes adquiridos por los cónyuges tras el matrimonio se consideran gananciales, por lo que quedan expuestos a tener que responder de las deudas que contraiga el cónyuge que actúe como autónomo a través de su actividad empresarial. No obstante, si esta actividad empresarial se desarrolla mediante una sociedad mercantil o una sociedad cooperativa, la responsabilidad quedará limitada al capital social.

Separación de bienes

En este régimen, tanto los bienes como las deudas son de exclusiva responsabilidad de cada uno de los cónyuges por separado. Es decir, cada cónyuge conserva su propio patrimonio, tanto el adquirido antes del matrimonio como después, y a cada uno le corresponde su administración y libre disposición.

¿Es posible adquirir bienes de forma conjunta? Sí, pero sus consecuencias son las mismas que si lo hicieran sin ser matrimonio.

Por tanto, la responsabilidad por las deudas derivadas de la actividad empresarial de uno de los cónyuges solo afectará a sus bienes y no a los del otro cónyuge. A no ser que el cónyuge no autónomo haya firmado como avalista del que sí lo es.

Así, por norma general, los acreedores solo podrán reclamar que se embarguen los bienes del autónomo y su parte de los bienes adquiridos en copropiedad, pero nunca los bienes de su cónyuge ni la parte de este último en los bienes con propiedad compartida.

En caso de no poder discernir a quién pertenece un bien, se presupone que pertenece la mitad a cada uno.

Del mismo modo que ocurre en el régimen de gananciales, si estamos ante una sociedad cooperativa o mercantil, las obligaciones de la empresa se harán efectivas sobre los bienes de la sociedad. Aunque la responsabilidad puede extenderse a los bienes personales del administrador y se dan las previsiones legales de la responsabilidad de los administradores societarios.

Participación en ganancias

Este régimen, que combina elementos de los dos regímenes económicos matrimoniales anteriores, es bastante popular en algunos países de Europa, pero no es el caso de España, donde es poco conocido –y usado–.

En la participación de ganancias cada cónyuge adquiere el derecho de participar en las ganancias obtenidas por el otro durante el tiempo en el que el régimen esté vigente, no así de las pérdidas.

Durante el matrimonio, este régimen funciona como la separación de bienes: tanto los derechos como las obligaciones son de cada uno de los cónyuges por separado. Pero una vez extinguido por separación, divorcio, nulidad, cambio de régimen económico matrimonial u otro motivo, se calculan las ganancias.

¿Cómo? Mediante la diferencia entre el patrimonio inicial (bienes que tenía al empezar el régimen y los adquiridos por donaciones o herencias) y el final. Estas ganancias se asignarán a cada cónyuge.

En caso de que uno de los cónyuges sea autónomo, solo estará obligado a responder ante sus deudas empresariales con sus bienes. El otro cónyuge solo se verá afectado si así lo expresa.

El mejor régimen matrimonial para autónomos

Descritas las tres opciones, desde Uning te recomendamos la separación de bienes si eres autónomo ya que, de este modo, proteges tu patrimonio familiar.

Además, en el régimen de separación de bienes existe un documento llamado capitulaciones matrimoniales en el que se fija, entre otras cosas, cómo vas a responder como autónomo ante los acreedores.

Efectivamente, la gestión de un autónomo trasciende se su vida profesional y afecta, incluso, a algo tan personal como un matrimonio. Si la situación te supera, pide ayuda profesional. En Uning te tendemos la mano.

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