erte
23 Mar 2020

¿Qué es un ERTE y cuáles son sus consecuencias?

Tras la declaración del «Estado de alerta» con motivo de la pandemia provocada por el Covid-19, surge otra cuestión en relación a los ERTE’s y sus efectos.

En un artículo anterior analizamos las medidas de la nueva legislación sobre el Covid-19, tras el cual hemos recibido numerosas consultas respecto a lo que es un ERTE y en cómo afecta a la empresa. Bien, pues un ERTE es una suspensión temporal de los contratos de trabajo. El trabajador pasa a depender del desempleo, durante el cual va a recibir una prestación económica cuantificada en un 70% de la base de cotización. No obstante, a partir de aquí surgen las diferencias.

¿Qué ocurrirá si ERTE se solicita antes o después del 14 de abril?

  • Los ERTE’s instados o motivados a causa o consecuencia de la “fuerza mayor” tienen las siguientes consecuencias:
  1. El trabajador NO consume tiempo de prestación de desempleo.
  2. La empresa NO tiene que afrontar el pago de los Seguros Sociales.
  • Los ERTE’s solicitados en fecha de 14 de abril o posteriores, por necesidad, tendrán que encontrarse instados o motivados por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción relacionadas con el COVID-19. En este caso:
  1. El trabajador SI consume tiempo de prestación de desempleo.
  2. La empresa SI tendrá que afrontar el pago de los Seguros Sociales. Concretamente, la empresa tendrá que afrontar el pago de un 30%, mientras que la Seguridad Social bonificará el 70% restante.

Aquellas actividades que pudiendo estar desarrollando su actividad normal, les sea sobrevenido un cierre o clausura, por circunstancias que pudieran ser consideradas asimilables a la «fuerza mayor», podrían acogerse a las medidas correspondientes y en análogas condiciones. Por ejemplo, la infección de personal pasará a tener consideración de “fuerza mayor” con todas las consecuencias que ello conlleva.

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